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Por Enrique Del Rio González

Antes de que llegara el COVID -19 en marzo de 2020, el trámite de los procesos judiciales en Colombia ya era complicado, la congestión reinaba por todos los estrados y no precisamente por la incuria de los funcionarios, los problemas eran y son estructurales. La rama judicial carece de recursos suficientes para mantener una adecuada planta de jueces, empleados e insumos físicos elementales al cumplir la función de administrar justicia dentro de una sociedad de naturaleza conflictiva.

El encierro nos obligó a utilizar masivamente herramientas virtuales que ya teníamos y muchos desconocían. He presenciado audiencias mixtas, en donde, especialmente testigos concurrían por videoconferencias desde lugares remotos, fuera del país o en cárceles nacionales. Para aquello, nuestra ciudad contaba con una sala especial cuyo plus era tener un armatoste de televisor con conexión a internet, o eso parecía.

La necesidad motivó el uso masivo de los mecanismos cibernéticos, luego de varios meses de diligencias y reuniones en plataformas virtuales, lo difícil será, sin duda, volver a la presencialidad que representa muchas veces desgastes innecesarios y pérdida de tiempo. Por ello, es relevante resaltar algunos de los beneficios, entre los que destaco la posibilidad de trabajar en cualquier juzgado del país sin la movilización y desde la comodidad de la oficina, lo que suma al ahorro de tiempo y la puntualidad; garantizando que sean muy pocas las excusas admisibles para el aplazamiento de las diligencias, pues incluso ante la imposibilidad de salir de la casa pueden realizarse.

También existen puntos en contra, tales como, el requerimiento de elementos tecnológicos e internet suficiente que aseguren una conexión de calidad, sin intermitencias, lo cual requiere estabilidad económica, por lo que quienes sufran carencias tendrán dificultad para el acceso a la justicia.

En materia procesal resulta complejo asegurar la transparencia en la práctica de pruebas testimoniales y lograr un examen adecuado y completo, toda vez que la virtualidad retrasa la emisión de preguntas, respuesta y objeciones, lo que facilita la intromisión indebida de terceros que irrumpen y afectan la credibilidad, de hecho, la inmediación presencial en la práctica testifical es esencial.

Pero el problema radica en la poca atención al usuario, mal propio de la impersonalidad. Estos métodos virtuales serán exitosos, siempre que se tenga la disposición de brindar un buen servicio, responder a tiempo las solicitudes, no ignorar al litigante quien debe sentirse escuchado en todo momento y circunstancia. Aplaudo a quienes así lo vienen haciendo y lamento el hecho de que, en muchos despachos, sea necesaria la acción de tutela hasta para obtener una constancia de recibido.

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